DG-100
Manizales, 09 de Marzo del 2016
ALCALDES MUNICIPALES, SECRETARIOS DE PLANEACIÓN, SECRETARIOS DE SALUD (O QUIEN HAGA SUS VECES)
Asunto: Entrega y directrices de revisión Herramienta CEO – EAPB para la Planeación Territorial de Salud.
Cordial Saludo,
En el marco de la Resolución 1536 de 2015 expedida por el MSPS, Artículo 7 “Contenidos del plan territorial de salud “y Artículo 16 “Responsabilidades de las entidades territoriales en el uso de la caracterización de la población a cargo de las Entidades Promotoras de Salud – EPS, demás Entidades Administradoras de Planes de Beneficios – EAPB y Administradoras de Riesgos Laborales – ARL” y siguiendo con el proceso de la operativización del Plan Territorial de Salud (PTS), el Ministerio de Salud y Protección Social (MSPS) desarrolló la herramienta tecnológica CEO (Componente Estratégico y Operativo) a la cual le diseñó un módulo exclusivo para las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB).
Ahora bien, el MSPS envió el CEO construido por las EPS, en el cual se armonizaron sus prioridades de salud (producto de la caracterización poblacional), al Plan Decenal de Salud Pública (PDSP), ubicándolas dentro de un territorio (municipios), una dimensión, un componente, dos metas visión 2021 y una estrategia del PDSP, definiendo además, dos prioridades con su respectivo indicador, tres intervenciones para cada prioridad y tres indicadores programáticos para cada intervención.
Así mismo, el MSPS nos indica que debemos allegar a cada municipio de nuestra jurisdicción dicho CEO, para que se efectúe la respetiva revisión de los indicadores propuestos, mencionando además, que dicha revisión debe centrarse en:
Nota: Todos los indicadores están formulados sobre personas, no son acciones a realizar de manera generalizada en el territorio, sino personas a las cuales se les realizarán dichas actividades y se encuentran afiliadas a una respectiva EPS como tal.
Es de aclarar, que se hace necesario allegar mediante un documento escrito, la relación de las EPS con las que no se esté de acuerdo y se considere necesario, realizar concertación de los indicadores. Dicho documento debe ser remitido a la DSTC a más tardar el 17 de marzo de 2016, al correo electrónico pasecaldas@gmail.com, con la respectiva justificación y firma del Alcalde Municipal o quien haga sus veces.
Por el contrario, en el caso de estar de acuerdo con los indicadores planeados por la EPS en su territorio como tal, se deberá comunicar por escrito a la DSTC a más tardar el 17 de marzo de 2016, al correo electrónico pasecaldas@gmail.com, con la respectiva firma del Alcalde Municipal o quien haga sus veces.
En caso de que no se reciba notificación alguna por parte de las administraciones municipales, se entenderá que se encuentran en total acuerdo con lo registrado para su territorio por parte de las EPS respectivamente.
Atentamente,
GERSON BERMONT GALAVIS
Director General
Anexo: Documento Excel con el aplicativo CEOEAPB, con su respectivo usuario y clave de acceso (el documento debe ser abierto con Microsoft Excel versión 2013 o superior).
Elaboró y Proyectó: Juan Carlos Álvarez Castro
Revisó: Mónica Echeverri O. – Juan Pablo Ospina Rosas
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