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CIRCULAR N° 099

SA-130- 118

Manizales, 15 de julio de 2015

PARA: GERENTES Y RESPONSABLES DE FACTURACIÓN EN LAS IPS PÚBLICAS Y PRIVADAS QUE PRESTAN SERVICIOS DE SALUD A CARGO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SALUD

ASUNTO: SOLICITUD PARA COMPLEMENTO DE INFORMACIÓN PARA REPORTE OBLIGATORIO, EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN 1479 DEL 6 DE MAYO DE 2015

Entrada en vigencia la Resolución 1479 del 6 de mayo de 2015 del Ministerio de Salud y Protección Social, en el contenido del artículo 16, la Dirección Territorial de Salud de Caldas, debe reportar de manera OBLIGATORIA y en estructura del anexo técnico de la referida norma, la información que los prestadores a través de los RIPS han radicado en esta entidad para los pagos correspondientes.

Por lo anterior y dado que su IPS no cumple con los requerimientos de la Resolución 3374 de 2000 modificada por la Resolución 1531 de 2014, la información del Registro Individual de Prestaciones de Salud RIPS, se solicita muy atentamente realizar el complemento de la información con el CÓDIGO OFICIAL CUPS, para lo cual deben hacer la equivalencia entre sus códigos institucionales y CUPS.

El archivo será enviado vía correo electrónico para que el código que reportó su entidad sea reemplazado por el CÓDIGO OFICIAL “CUPS” y debe ser devuelto por el mismo correo enviado antes del martes 21 de julio de 2015.

Agradezco a ustedes la oportunidad en esta remisión, dado que la malla validadora del Ministerio acepta únicamente la codificación CUPS (Código Único de Procedimientos en Salud) tanto en procedimientos POS como en los NO POS.

GERSON ORLANDO BERMONT GALAVIS
Director General
ELABORÓ: MARTA INÉS SÁNCHEZ CARMONA
REVISÓ: NORBERTO LUIS SEPULVEDA ANDRADE
AURA STELLA VINASCO OSSA

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