El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos –INVIMA- fijó los lineamientos para obtener autorización sanitaria provisional por parte de las plantas de beneficio animal, desposte, desprese de las especies bovina, porcina y aviar.
Esas entidades deberán hacer solicitud de autorización sanitaria y adjuntar el Plan Gradual de Cumplimiento actualizado con formato de evaluación sanitaria, acciones graduales de cumplimiento y cronograma de ejecución de acciones graduales de cumplimiento de acuerdo con la resolución 5726 de 2013.
Deberán aportar asimismo el formato de solicitud de trámites, (visitas, certificaciones y certificados), el certificado del cumplimiento del uso del suelo y los permisos ambientales.
Al mes siguiente de la radicación de la solicitud de autorización sanitaria provisional, el INVIMA emitirá concepto y aquellos establecimientos que no obtengan esa autorización, no podrán ejercer sus actividades de sacrificio.
Todas estas disposiciones están contenidas en la resolución 2016031387 del 17 de agosto de 2016, suscrita por Javier Humberto Guzmán Cruz, director general del Invima.
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